Resolución 2003-084
Dado el contenido
de esta resolución, aprobada el 31 de mayo del año 2003, derogando la Res. No.
98-037, consideramos indispensable que todo estudiante la conozca por completo.
Del ciclo Básico
Capitulo II:
Articulo 2: Se denomina Ciclo Básico, al conjunto de asignaturas de formación general
básica que son fundamentales para todas las carreras que se imparten en la UASD
y que serán incluidas, parcial o totalmente, en todos los planes de estudios
vigentes, al inicio de las carreras, en los cuatro primero semestres de estudio
vigentes, al inicio de las carrera, en los cuatro primeros semestres de
estudios.
Las asignaturas del
Ciclo Básico son las siguientes:
FIS-014 = 04 CREDITOS----------LET-012
= 03 CREDITOS
MAT-014 = 04
CREDITOS-------BIO-014 = 03 CREDITOS
LET-011 = 03
CREDITOS--------QUI-014 = 03 CREDITOS
HIS-011 = 03
CREDITOS--------FIL-.011 = 03 CREDITOS
OSI-031 = 02 CREDITOS-------EFS-011 = 02 CREDITOS
SOC-0110 = 02
CREDITOS
Total de créditos del
ciclo básico: 32
De las asignaturas
y los créditos del ciclo básico
Capitulo III: Articulo
3: Constituirá un crédito académico el valor en horas impartidas que tiene cada
asignatura.
Articulo 4: Las asignatura
del ciclo básico no serán ofrecidas en exámenes especiales ni en tutorías.
De la carga académica
Capitulo IV: Articulo
5: La carga académica es la cantidad de créditos que son inscritos por el estudiante
en un semestre. La carga académica semestral para el estudiantes depende de los
factores siguientes:
a)
El periodo (tanda) de la docencia que sea seleccionada por el estudiante
b)
El rendimiento académico del estudiante en el semestre anterior
c)
El status o condición académica del estudiante
semestre que se
estipulan en el pensum de la carrera, la carga académica en atención a la tanda
será como sigue:
TANDA Trabajo/Créditos No Trabaja/Créditos
Mañana 16 a 18 17 a 20
Tarde 12 a 16 16 a 18
Noche 11 a 15 14 a 16
Artículo 7: La
carga académica dependerá del rendimiento del semestre anterior. Si ha reprobado
asignaturas, su carga académica, será no mayor que el número de créditos cursados
en el semestre anterior.
Índice Académico
Artículos 9: El índice
académico refleja el rendimiento global del estudiante en un periodo
determinado.
Artículo 10: El índice
académico será el indicador que servirá para evaluar globalmente el aprovechamiento
académico del estudiante desde su ingreso a la Universidad hasta concluir sus
estudios.
Del Reporte de Calificaciones
Capitulo IV: Articulo
12: El reporte de calificaciones es el documento a través del cual se presentan
todas las puntuaciones obtenidas en las asignaturas cursadas.
Artículo 13: Habrá tres
tipos de reportes de calificaciones: Semestral, general, final.
Antes de proseguir
con este reglamento, veamos varios ejemplos de cálculo de índice académico.
IAS: Índice Académico
Semestral
IAA: Índice Académico
Acumulado
Condición Académica
Capitulo VII. DE LA
CONDICION ACADEMICA Y LA BAJA ESTUDIANTIL
Artículo 14: La condición
académica es el resultado del rendimiento global obtenido por un estudiante y
reflejado en los índices semestrales acumulados de cada semestre y en el numero
de veces que reprueba una misma asignatura.
Artículo 15: A través
de la condición académica que resulte de los índices de un estudiante, se
determinara la permanencia de este en una carrera y/o en la Universidad.
Artículo 16: La condición
académica conllevara a la baja estudiantil para aquellos estudiantes, que por
un escaso aprovechamiento de sus estudios, no justifiquen el esfuerzo que hace
la UASD para dotarlos de educacion superior, con el nivel académico que
demanden las necesidades del desarrollo de la sociedad dominicana, el momento
actual y las perspectivas futuras.
Artículo 17: La condición
académica de un estudiante, de acuerdo con su rendimiento académico, se
clasifica en las siguientes categorías:
·
Normal
·
Prevención
académica
·
Prueba académica
·
Baja
provisional
·
Baja
definitiva
Artículo 18: Condición
académica normal: es la condición académica de un estudiante al finalizar un
semestre con índice semestral igual o mayor de 70 puntos.
Artículo 19: Prevención
académica: es la condición de un estudiante que, al termino de cualquier
semestre, obtiene un índice semestral entre 60 y 69 puntos.
Articulo 20: Prueba
académica: es la condición en la cual quedan los estudiantes que, al termino de
un semestre, obtuvieron un índice académico acumulado inferior a 60 puntos o
mantengan dos índices semestrales consecutivos entre 60 y 69 puntos.
Artículo 21: La baja
provisional: es la suspensión por un semestre del estudiante que, estando en
prueba académica y habiendo cursado otro semestre, no obtuviere un índice académico
acumulado de 60 puntos o más, o un índice semestral de 70 o más.
Articulo 22: Baja
definitiva: La baja definitiva en un plan de estudios o en una carrera se
aplicara a los estudiantes que, después de una suspensión temporal o baja
provisional y cursar un nuevo semestre académico, no obtenga un índice semestral
igual o mayor de 70 puntos.
Articulo 23: Cuando
un estudiante repruebe una asignatura tres veces, el subconsejo directivo de la
escuela a la cual pertenezca la asignatura analizara y presentara un reporte
para establecer cuales son las causas de esta situación.
De la premiación
al rendimiento académico
Articulo 87: La
universidad otorgara premios a los estudiantes que obtengan alto rendimiento académico,
como forma de incentivar el esfuerzo y la dedicación.
Premios
v
Premio
Amin Abel Hasbun; Este premio será concedido bajo los siguientes criterios:
Ø
Se concederá
solo a los estudiantes con un índice académico no menor de 80 puntos
Ø
Se tomará
en cuenta la participación del estudiante en los organismos de cogobierno y/o
en la Federación de Estudiantes Dominicanos
Ø
El
estudiante debe tener su hoja de vida en la institución libre de sanciones
v
Reconocimiento
al mérito estudiantil: En el mes de octubre de cada año la universidad
realizara un acto denominado “Reconocimiento al merito estudiantil”, en el cual
se otorgarán los siguientes premios:
·
Un
premio en metálico y/o especie para los tres estudiantes que al momento tengan
los índices académicos más altos, así como un certificado de reconocimiento.
Los montos de los premios serán fijados por Sr. Rector, en cada ocasión.
·
Se entregará
un certificado de reconocimiento a cada uno de los estudiantes que en ese momento
tengan un índice académico de 85 puntos o más.
·
Cada
facultad entregara un premio en metálico y/o especie a los tres (3) estudiantes
que hayan alcanzado los índices mas altos. Los montos de estos premios serán fijados
por el consejo directivo de dicha facultad, en cada ocasión.
v
Honores
académicos
·
La
universidad otorgara el titulo Cum Laude a los graduandos que finalicen sus
estudios con índice académico de 85 a 90 puntos.
·
La
universidad otorgara el titulo Magna Cum Laude a los graduandos que finalicen
sus estudios con índice académico de mas de 90 y hasta 95 puntos.
·
La
universidad otorgara el titulo Suma Cum Laude a los graduandos que finalicen
sus estudios con índice académico de mas de 95 puntos.
v
Exoneración
por alto índice académico
·
La
universidad concederá cada semestre una exoneración del 100% en el pago de inscripción
a los estudiantes dominicanos y un 50% a los extranjeros que obtengan un índice
académico de 90 puntos o más.
Del Retiro
Estudiantil
Articulo 40: Para
retirar de manera formal una o varias asignaturas, el estudiante deberá hacerlo
ante la instancia correspondiente agotando los procedimientos establecidos.
Articulo 41: El
retiro informal es cuando el estudiante abandona una o mas asignaturas sin
haber agotado los procedimientos establecidos.
Articulo 45: Para
retirar formal o informalmente una asignatura, el estudiante deberá pagar diez
veces el costo de la asignatura, tanto veces como la retire, haciendo efectivo
el pago al momento del retiro de la misma o al inscribirse, salvo una situación
de fuerza mayor justificada por la Escuela correspondiente.
Articulo 46: El
estudiante que haya hecho retiro total de tres semestres, consecutivamente o no,
deberá recibir autorización de la dirección de orientación profesional para
reinscribirse después del tercer retiro.





